Micelio
Auto23 de abril de 2018

A- de 2018

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Cesar Antonio Vallamizar Nuñez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Cumplimiento De Sentencia De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia excepcional de la Corte Constitucional
Corte Constitucional
  • Condiciones para intervenir en cumplimiento de sus providencias
Solicitud De Cumplimiento Sentencia De La Corte Constitucional
  • Asumir competencia excepcional para conocer cumplimiento de órdenes impartidas en sentencia
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Séptima de Revisión asume su competencia excepcional para el cumplimiento de las órdenes impartidas en la Sentencia T-305/17, por considerar que su incumplimiento compromete la protección efectiva de los derechos fundamentales vulnerados al accionante.

Se reitera que por regla general es el juez de primera instancia a quien le corresponde pronunciarse sobre el cumplimiento de una acción de tutela y que la Corte asume solo lo asume cuando dicha autoridad ha ejercido la misma y la desobediencia persiste.

Así mismo, cuando las órdenes no han sido suficientes y conducentes para lograr el cumplimiento y cuando la intervención de la Corporación es indispensable para la protección efectiva de los derechos fundamentales vulnerados o amenazados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. ASUMIR su competencia excepcional para el cumplimiento de las ordenes impartidas en la Sentencia T-305 de 2017, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria General de esta Corporacion, ORDENAR a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cucuta que, dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia, informe a la Sala Septima de Revision de la Corte Constitucional, las razones por las cuales no han dado cumplimiento a la orden impartida en la Sentencia T-305 de 2017.
  3. TERCERO. Por Secretaria General de esta Corporacion, ORDENAR a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cucuta que, dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia, indique a cargo de que autoridad judicial se encuentra la ejecucion de la pena impuesta al senor Cesar Antonio Villamizar Nunez.
  4. CUARTO. Por Secretaria General de esta Corporacion, REMITIR copia completa de esta providencia al accionante senor Cesar Antonio Villamizar Nunez, a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cucuta y a la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia.
  5. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.